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Ley 1287 de 2009

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La Ley 1287 de 2009 de Colombia es una norma que añade la Ley 361 de 1997, estableciendo el parqueo para personas con movilidad reducida en las bahías de estacionamiento y ordenando la creación de un porcentaje mínimo del 2% de parqueaderos para personas con discapacidad o movilidad reducida en diversos establecimientos.  Además, establece sanciones para el incumplimiento de esta ley y define términos como "movilidad reducida" y "accesibilidad".  yo

Aspectos clave de la Ley 1287 de 2009:

  • Parqueo en bahías de estacionamiento: 

    Autoriza el uso de bahías de estacionamiento por parte de personas con movilidad reducida, ya sean conductores o acompañantes. 

  • Parqueaderos especiales: 

    Ordena que las autoridades municipales y distritales deben habilitar y señalizar sitios de parqueo para personas con algún tipo de discapacidad o movilidad reducida.  Este porcentaje debe ser como mínimo el 2% del total de parqueaderos habilitados. 

  • Lugares de aplicación: 

    Los establecimientos donde se deben implementar estos parqueaderos especiales incluyen hospitales, clínicas, centros comerciales, supermercados, edificios públicos y privados, entre otros. 

  • Sanciones: 

    Se establecerán sanciones para quienes incumplan la ley.  Las personas naturales o jurídicas privadas pueden ser multadas con entre cincuenta (50) y doscientos (200) salarios mínimos legales diarios vigentes. 

  • Vigilancia: 

    El Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Transporte son los encargados de vigilar el cumplimiento de la ley. 

  • Definiciones: 

    La ley define términos importantes para su aplicación, como "movilidad reducida" y "accesibilidad".